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¿CÓMO FUNCIONARÁN LAS BAJAS SI MIS EMPLEADOS COGEN EL CORONAVIRUS O SI TIENEN QUE AISLARSE POR MEDIDAS DE CONTAGIO?

 

1º Las bajas médicas serán emitidas siempre por los Servicios Públicos de Salud. Nunca por las mutuas de trabajo.

 

2º La asistencia sanitaria también será siempre a través de los Servicios Públicos de Salud, nunca por las mutuas de trabajo.

 

3º Para que se pueda acceder a la prestación se precisará la baja médica, tanto si es por aislamiento como si es por contagio.

 

4º La prestación se percibirá por importe igual al correspondiente a un accidente de trabajo (es decir el 75% desde el día siguiente a la baja médica), estás condiciones únicamente serán para las que sean prescritas a partir de la fecha 12 de marzo de 2020.

 

5º Al ser una baja médica asimilada a una baja común no se tendrá que realizar ninguna comunicación a la autoridad laboral como ocurre cuando hay un accidente.

 

La Seguridad Social será la que tratará la baja como una baja laboral común y por lo tanto la devolución de importes también será igual, se devolverá en los seguros sociales.

 

 

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